CAUSA DONACIONES SALTA

Tartagal: El Procurador Abel Cornejo pidió remover a la Defensora Oficial

El Procurador General de la Provincia, Dr Abel Cornejo formuló la acusación en los términos de la Constitución de la Provincia de Salta y la Ley 7138, en contra la defensora oficial civil del Distrito Judicial Tartagal, Rosa Fabiola Díaz, por la presunta comisión de delitos, mala conducta, mal desempeño y falta de cumplimiento de los deberes a su cargo. También solicitó la apertura del procedimiento de remoción de la defensora oficial denunciada, cuya actuación diera origen a la causa identificada como: “Denuncia Penal C045 – 161/2021 – Comisaria N° 45, Tartagal – Legajo de Investigación N° 10/2021 en trámite por ante la Fiscalía Penal N° 1 y Juzgado de Garantías N° 1 de ese Distrito Judicial”.

De la información suministrada profusamente por los medios de comunicación y las constancias del sistema de Denuncias del Ministerio Público Fiscal, surgió que Sandra Liliana Díaz denunció a sus hermanas, Rosa Fabiola Díaz (Defensora oficial) y Paola Alejandra Díaz (Concejal), por tener acopiadas las donaciones de distintas fundaciones y organizaciones intermedias, durante todo 2020 y hasta la actualidad. Lo retenido en Tartagal, no fue entregado sus destinatarios y en cambio, habría sido comercializado por ambas. Las supuestas donaciones fueron presuntamente realizadas por las Fundaciones Noble, River Plate, Marinaro, entre otras y consistieron en bienes tales como pañales, zapatillas, indumentarias, agua mineral, alimentos no perecederos y artículos de limpieza e higiene personal, cuyas beneficiarias serían las comunidades aborígenes de la zona. Los hechos tomaron estado público el 4 de febrero del corriente año.

Sin que todo ello implique emitir un juicio de mérito sobre los delitos atribuidos a la magistrada, el Procurador consideró necesaria e indispensable la apertura del procedimiento, para dilucidar la responsabilidad de la presunta conducta reprochable de la defensora oficial. Es que dicha conducta no fue la requerida por la Constitución Provincial en su Art. 166, requisito ineludible para la conservación del cargo, porque ejerció sus prerrogativas funcionales de manera irregular e incurrió en conductas pasibles de reproche penal. Son maniobras de extrema gravedad que contradicen el marco normativo que rige la actuación de los Defensores Oficiales que integran el Ministerio Público de Salta. Por ello, la eventual destitución de la magistrada por el Jurado de Enjuiciamiento, resulta insoslayable.

Fuente: Ministerio Público Fiscal de la Provincia de Salta