COMITÉ DE CRISIS SAN LUIS

San Luis Capital y 7 Localidades regresan a fase 1 por 14 días

Así lo informó esta noche el Gobernador Alberto Rodríguez Sáa quien encabezó un nuevo informe del Comité de Crisis. La medida alcanza a San Luis, La Punta, Juana Koslay, Potrero de los Funes, El Volcán, Cocaran, La Toma y San Francisco.

PARTE EPIDEMIOLÓGICO

Desde el último comunicado se procesaron 1399 muestras, registrándose 380 nuevos casos positivos para Coronavirus. Corresponden a las siguientes localidades y ciudades: 119 de Villa Mercedes, 119 de San Luis, 22 de Concarán, 17 de la Villa de Merlo, 14 de La Toma, 13 de Juana Koslay, 9 de Santa Rosa del Conlara, 9 de Tilisarao, 8 de Fraga, 8 de Naschel, 6 de Buena Esperanza, 6 de La Punta, 4 de Fortuna, 4 de Las Vertientes, 3 de Potrero de los Funes, 3 de Quines, 3 de San Francisco, 2 de El Volcán, 2 de Nogolí, 2 de Villa de la Quebrada, 2 de
Candelaria, 1 de Carpintería, 1 de Cortaderas, 1 de Renca, 1 de San Martín y 1 correspondiente a un ingreso de la provincia de Buenos Aires.
Se comunica el fallecimiento de 6 personas con diagnóstico positivo de COVID, correspondientes a vecinos de las localidades de San Luis, Villa Mercedes, Concarán, Buena Esperanza, La Toma y Justo Daract que se encontraban
internados a causa de sus múltiples factores de riesgo y enfermedades de base.
Al momento en la provincia de San Luis se contabilizan 7968 casos: 4420 activos, 3426 altas y 122 fallecidos.
Del total de los casos activos, 27 se encuentran en terapia intensiva, todos en estado crítico con asistencia respiratoria mecánica.

LAS MEDIDAS

De acuerdo a lo establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia de Presidencia de la Nación, el Comité de Crisis de la provincia establece a partir del hoy y hasta el 8 de noviembre inclusive, Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio para las siguientes localidades y ciudades: Villa Mercedes, Lavaisse, San Luis, Juana Koslay, Potrero de los Funes, La Punta y El Volcán. Por su situación epidemiológica se suman Concarán, La Toma y San Francisco.      La circulación de personas y la adquisición de bienes y servicios deberá realizarse de acuerdo a la terminación de DNI: los días pares, aquellas personas cuyo DNI finalice en número par y los días impares, los que tengan DNI terminado en impar.
Taxativamente, la circulación y adquisición de bienes y servicios deberá realizarse de 06:00 a 21:00 y bajo esa norma continúan habilitadas las siguientes actividades:
 Comercios minoristas y mayoristas.
 Centros comerciales minoristas.
 Peluquerías, barberías y centros de estética.
 Profesiones liberales.
 Profesionales de salud privada, cumpliendo el Protocolo para Profesionales de la
Salud.
 Institutos de aprendizaje como por ejemplo: institutos de idiomas, cocina,
danzas, entre otros.
 Deportes Fase 2 y 3: gimnasios, centro de pilates, yoga y afines, para lo que se
deberá limitar la capacidad máxima de ocupación de sus instalaciones, al 25%,
según lo establecido en los protocolos vigentes.
 Actividades culturales presenciales, tales como: auto-cine, auto-circo, autoteatro, museos, entre otros.
 Bares y Restoranes con un 25 % de ocupación.
 Celebraciones Religiosas con un 25 % de factor de ocupación.
 Deportes individuales: caminata, atletismo, ciclismo, siempre que los mismos se
realicen en las proximidades del domicilio, al aire libre con un máximo 1 persona.

 Se suspenden las siguientes actividades:
 El transporte público de pasajeros desde y hacia las ciudades alcanzadas.
 Las actividades deportivas de contacto o que impliquen concurrencia masiva de
personas, tales como: fútbol, vóley, rugby, karate, natación, judo, básquet,
hockey, hándbol.
 Las actividades turísticas internas y guías de turismo.
 Las visitas a los Servicios Penitenciarios y a geriátricos.
 Continúan suspendidas las salidas recreativas, sociales, reencuentros esenciales
familiares y de esparcimiento en espacios públicos y domicilios particulares,
independientemente de la cantidad de personas que esta involucre.