SANTIAGO FERNANDEZ NEUQUÉN

"Hay que ordenar el desarrollo urbano antes que el desarrollo inmobiliario"

El concejal Santiago Fernández (Frente de Todos) cuestionó a sus pares que se opusieron a la ordenanza aprobada la semana pasada para establecer criterios a la consulta que debe hacer el Estado provincial para aprobar loteos colindantes en San Martín de los Andes, aunque no estén en el ejido municipal.

Fernández reiteró que la norma, presentada por el Frente de Todos, apoyada por la concejala Eliana Rivera, del Movimiento Popular Neuquino, y rechazada por Juntos por el Cambio y la concejala María Laura Da Pieve, no es una injerencia del Municipio por sobre las facultades del Estado provincial.

Con esta norma, "estamos reglamentando lo que dice la actual legislación: que el Municipio debe ser consultado para brindar conformidad sobre los loteos", señaló el concejal, y reafirmó que "la norma local busca priorizar el desarrollo urbano y social, antes que el desarrollo inmobiliario".

En la sesión ordinaria de la semana pasada, los concejales aprobaron por 5 votos contra 4, una norma que define los criterios que tiene que establecer el Municipio, ante la consulta que debe realizar el gobierno provincial cada vez que deba analizar la aprobación de un loteo colindante con el ejido municipal.

"Se trata de una ordenanza que busca unificar criterios de urbanización para los desarrollos que, aunque no están en el ejido municipal, impactan en nuestra localidad", defendió la iniciativa Santiago Fernández.

La norma establece la adhesión a la Ley Provincial Nº 2818 de Proyectos de Desarrollo Urbanístico ubicados fuera de los ejidos municipales, en jurisdicción provincial, con expresa reserva de jurisdicción.

Esta ley indica en el artículo 13 “que cuando los proyectos de Desarrollo Urbanístico afecten o impacten ambiental, social, cultural o económicamente el desarrollo urbano de un municipio, la autoridad de aplicación, previo a emitir dictamen, acordará y coordinará las pautas y criterios para la evaluación del proyecto con dicho municipio, el cual debe prestar conformidad”.