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Consideran ilegal la clausula de actualización automática de la tarifa

Asi ha sido considerado por la Defensoria del Pueblo y el Ambiente que indico que la indexación automática, incluída en el nuevo pliego de concesión, de los valores de la tarifa está prohibida por ley.

Fernando Bravo, Defensor del Pueblo y el Ambiente local aseguró que no se oponen a métodos de actualización, por lo que ha propuesto que haya posibilidades de revisión de la tarifa a través de una ordenanza del Concejo Deliberante local que delegue al Poder Ejecutivo el análisis y la revisión del valor de la tarifa de forma periódica.

Además Bravo consideró que el control de los servicios públicos concesionados deben ser controlados por un ente externo al Poder Ejecutivo, que es parte del contrato de concesión, y que este ente permita la participación de los usuarios que no forman parte hoy del control.